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Empleados de Comercio: ¿de cuánto es el aumento?

12 octubre, 2020 Por Ignacio 87 comentarios

Porcentaje del aumento y nuevo básico según el nuevo acuerdo salarial para empleados de comercio CCT 130/75.

El acuerdo salarial de Empleados de Comercio de octubre 2020, establece el pago de una Asignación extraordinaria por única vez, no remunerativa que será de aplicación a todos los trabajadores comprendidos en el convenio 130/75, y consiste en una suma de $30.000, para todas las categorías, que se abonará en 6 cuotas mensuales y consecutivas de $5.000 a pagarse en octubre, noviembre y diciembre de 2020, y en enero, febrero y marzo de 2021.

Por otro lado, se incorporan al básico de convenio $6.000 que se venían pagando como fijos, se trata de los $4.000 del decreto 14/20 y de $2.000 del Acuerdo 2019/20.

Estas dos sumas fijas, no se tomaban para adicionales de convenio (Antigüedad, Asistencia y Puntualidad, Cajeros, Choferes, Ayudantes de Choferes), pero ahora al incorporarse al básico, formarán parte de la base de cálculo de esos adicionales, lo que tendrá como resultado un aumento indirecto.

¿Cuánto sube el sueldo de comercio?

En los medios circula la versión de que el incremento es del 12% y el básico pasa a unos cincuenta mil pesos, pero no es así, ni el básico pasa a 50 mil ni el aumento es del 12%.

Veamos como son los porcentajes y el aumento de bolsillo.

Para analizar el aumento voy a tomar un empleado de Comercio Maestranza A sin antigüedad:

Empleados de Comercio Aumento 2020
Empleados de Comercio Aumento 2020

El aumento Bruto es del 13% comparando los $50.689,25 de octubre 2020 con los $6.000 y la Asignación No remunerativa de $5.000 contra los $44.772,59 de Septiembre 2020.

En cambio, el aumento de bolsillo es del 15%, comparando los $41.563,18 de octubre 2020 contra los $36.041,93 netos de septiembre 2020.

¿Por qué es más el aumento Neto que el Bruto? por los descuentos, mientras básico y presentismo tienen todos los descuentos (19.5%) la Asignación no remunerativas solo lleva descuento de Sindicato, FAECyS y Obra Social (5.5%).

Otras situaciones que pueden darse

El de arriba es solo un ejemplo, en otros casos el aumento puede varias un punto al menos, tal será el caso de lo trabajadores con categorías más altas, dado que el incremento del básico es de $6.000 para todas las categorías y los %5.000 son fijos, también para todas las categorías. Entonces, a mayor básico menor impacto de la suma fija.

Distinto es el caso de quienes tienen antigüedad, a mayor antigüedad mayor impacto del aumento, porque tanto los $6000 incorporados al básico, si bien son fijos, antes no sumaban para este adicional y ahora asi.

De todos modos, este aumento es de apenas un punto por cada 5 años de antigüedad.

Espero haber dado un poco de luz a este tema sobre el que me han consultado en los últimos días. Para mejor comprensión, les dejo un video con esta explicación, con algún grado mayor de detalle:

 

Todos los detalles del acuerdo aquí.

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Publicado en: Empleados de Comercio

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Comentarios

  1. -
  2. Gabriel dice

    23 octubre, 2020 a las 2:55 am

    Ignació o cualquiera que pueda responder. Estoy desesperado!!! Desde abril que no me.pagan mas ninguno de los 2 decretos (4000 y 2000) con la excusa de que “se eligio entre no suspender (para no reducir el 25%del sueldo) o pagar los decretos. Y se resolvió no suspender (como si fuera una medida a favor de los empleados). Me dicen que no corresponde cobrar los decretos adeudados porque sino ahora que se incorporan al básico me tendrían que descontar todo porque era “a cuenta de futuros aumentos”.
    Que el sindicato de comercio “dio a entender” que se cobraban los decretos mes a mes pero no es así. Esto es correcto? Que hago? Como lo reclamo?

    Responder
    • Ignacio dice

      23 octubre, 2020 a las 10:02 am

      Hola Gabriel, el pago corresponde

      Responder
    • Dario Quintero dice

      28 octubre, 2020 a las 12:13 pm

      Excelente Ignacio. Muy buena explicación. Muchas gracias por tu tiempo. Sirvió de mucha ayuda para mucha gente.

      Responder
      • Ignacio dice

        28 octubre, 2020 a las 10:32 pm

        ?

        Responder
  3. Yanina dice

    20 octubre, 2020 a las 9:18 pm

    Buenas tardes, consulta la suma no remunerativa se tiene en cuenta para el cálculo del plus de feriado?

    Responder
  4. SILVANA dice

    19 octubre, 2020 a las 9:43 pm

    mi pregunta es: – estoy afiliada al Sindicato de Comercio, ahora era un 2% el descuento, sigue igual o aumento en este nuevo acuerdo.
    además como estoy haciendo el aislamiento obligatorio desde marzo 2020 a la fecha por tener 61 años en julio 2020 debía tomarme una semana 7 días de mis vacaciones 2019 , quedan suspendidas?
    espero tu respuesta,
    Gracias

    Responder
    • Maximiliano dice

      19 octubre, 2020 a las 10:43 pm

      Porque preguntas como si Ignacio tuviera del deber de responderte? Lo del las vacaciones hablalo con tu empleador, porque no hay resolucion oficial al respecto de vacaciones pendientes. Te las pueden pagar o por ahi te pueden dejar que te tomes esa semana en los primeros meses de 2021, depende de tu empleador y lo que puedas arreglar.

      Responder
  5. leo dice

    19 octubre, 2020 a las 8:41 am

    buenos dias quiero consultar como es el tema de las contribuciones patronales sobre la asig no rem

    Responder
  6. Alejandra dice

    19 octubre, 2020 a las 8:31 am

    Hola estaría queriendo saber si este aumento de 30000$ en 6 cuotas que se otorgo para empleado de comercio también entra para la rama de acopios . gracias

    Responder
  7. Maximiliano dice

    16 octubre, 2020 a las 3:54 pm

    Comercio, sindicato de los trabajadores mas pobres del pais. Gracias Cavalieri, a vos y a tu falta de voluntad para negociar y pelear por los trabajadores….

    Responder
  8. Margarita dice

    16 octubre, 2020 a las 2:42 pm

    BUENAS TARDES QUISIERA SABER SI SOBRE LOS $5000 (ASIG. NO REM.) SE RETIENE OBRA SOCIAL A TODO EL PERSONAL O SOLO A QUINES TIENEN OSECAC ?? GRACIAS ..

    Responder
  9. Maria Di Marco dice

    16 octubre, 2020 a las 11:19 am

    Buenos días Ignacio, respecto a la suma de $ 5000 se toma en cuenta para vacaciones?
    Muchas gracias!

    Responder
    • Miguel dice

      22 octubre, 2020 a las 1:58 pm

      Buenas tardes! Tengo la misma duda.. si se tiene en cuenta para vacaciones y SAC….?

      Responder
      • Vanesa dice

        10 noviembre, 2020 a las 12:39 pm

        No para vacaciones y Sac se tienen en cuenta solo los 6000 que pasaron al básico.

        Responder
  10. Soledad dice

    15 octubre, 2020 a las 11:50 pm

    Ignacio, este párrafo implica que quienes tengan una obra social distinta a osecac terminan ganando más que los que aportan a la obra social sindical?:: En atención al carácter excepcional, no habitual ni regular de la asignación acordada (Art. 6, Ley 24.241), los importes correspondientes a esta gratificación se abonarán con carácter no remunerativo, no incorporándose a los salarios básicos y adicionales fijos, y no será contributivo a ningún efecto ni generará aportes y contribuciones a los subsistemas de la seguridad social, con las únicas excepciones de: *i) aportes y contribuciones de la Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles* ?? Gracias por tus comentarios!

    Responder
  11. GABRIELA dice

    15 octubre, 2020 a las 2:29 pm

    Agradeciendo desde ya toda la informacion que brinda, solo queria comentar que la calculadora de sueldos de empleados de comercio periodo Octubre 2020, no deduce el 3% de obra social sobre el acuerdo NR 2020, que entiendo corresponde realizar, muchas gracias

    Responder
  12. Juan Pablo dice

    15 octubre, 2020 a las 12:58 pm

    Ojala algún día y sin desmerecer a nadie, empleados de comercio tiene que ser dividido, ya que no es lo mismo trabajar en un comercio de venta de ropa en Villa Luro, que trabajar para una multinacional que aprovecha de los acuerdos bajos que hace Cavalieri porque toman en cuenta el caso de los comercios chicos, cuando empresas que facturan muy bien, aprovechan de esa situación para dar aumentos bajos.

    Responder
  13. debora dice

    15 octubre, 2020 a las 10:02 am

    Hola Ignacio la empresa donde trabajo otorgo desde agosto un a cta futuros aumentos del 10 % del basico, lo absorbo de los 5000? o sea le sigo abonando el a cta hasta el año que viene pero a quien le abono un a cta de 3782.40 le pago un acuerdo no remunerativo de 1217.60+14 % de esta suma para equiparar el neto por la jubilacion y ley que estoy descontando al a cta remunerativo ?

    Responder
    • Giselle dice

      15 octubre, 2020 a las 11:49 am

      Yo estoy en algo parecido, en septiembre otorgó 15% en cuenta de futuros aumentos… pero eso le descontaron todas las retenciones… y se supone que este aumento de $30.o00 en cuotas no es remunerativo…. habria que reclamar…. no sé!

      Responder
  14. lorena dice

    14 octubre, 2020 a las 8:47 pm

    Hola Ignacio,que pasa con el bono en el caso del personal suspendido?corresponde igual o se paga proporcional?

    Responder
  15. Andres dice

    14 octubre, 2020 a las 8:46 pm

    Nunca entendí eso de que un bono extraordinario lo cotalogen como aumento. Si me lo van a sacar en 6 meses pasaría a ser un descuento del sueldo y el total acordado pasaría a ser una mentira. Esto pasa por qué la lacra que nos representa son los mismo empresarios que no quieren pagar sueldos altos. Argentina un país donde nada no nadie es serio

    Responder
  16. Romina dice

    14 octubre, 2020 a las 4:59 pm

    Hola Ignacio, si nuestra empresa recibe atp, también nos paga una parte el atp?. o pueden decir que no tienen para pagarlo?

    Responder
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