• Saltar al contenido principal
  • Skip to secondary menu
  • Saltar a la barra lateral principal
  • Inicio
  • Blog
  • Suscripción
  • Contacto
  • Capacitación
  • Calculadoras
    • Calculadora Sanidad CCT 108/75
    • Calculadora de Sueldos UOCRA
    • Sueldos Empleados de Comercio
    • Sueldos Comercio Rama Turismo CCT 548/07
    • Calculadora Empleados de Comercio Rama Centros de Contacto CCT 781/22
    • Calculadora de Sueldos UTEDYC CCT 804/23 (ex 736/16)
    • Calculadora de Retenciones RG 830 “Profesiones liberales, oficios”
    • Calculadora de Sueldos SAEOEP CCT 88/90
    • Calculadora de Sueldos UATRE
    • Servicio Doméstico
    • Liquidación Final
    • Vacaciones
    • Calculadora de Plus Vacacional
    • Embargo de Sueldos
  • Aplicaciones
  • Vencimientos

Ignacio online

Es una web de información destinada a Contadores y Profesionales en Ciencias Económicas y Empleados de Comercio

Aconpy
  • Empleados de Comercio
    • Escalas Comercio 2022
    • Escala Salarial Empleados de Comercio 2020
    • Calculadora Empleados de Comercio
    • Ejemplos de Liquidaciones de Sueldo
    • Categorías Comercio
    • Régimen de Licencias y Permisos Especiales
    • Vacaciones de Empleados de Comercio
  • Asignaciones
    • Asignaciones Familiares Montos vigentes
  • Libro de sueldos Digital
  • Servicio Doméstico
    • Calculadora de sueldos Servicio Doméstico
    • Escala Salarial Servicio Doméstico
    • Aportes, contribuciones y ART
    • Formulario 102/RT
  • Monotributo
    • Monotributo Categorías 2023
  • Planillas

RG 4708 AFIP Crédito a Tasa Cero Monotributo y Autónomos

11 mayo, 2020 Por Ignacio 117 comentarios

Índice de Contenidos

  • ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
        • RESOG-2020-4708-E-AFIP-AFIP – Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Trabajadores Autónomos. Crédito a Tasa Cero. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Resolución General Nº 4.707. Norma complementaria.
  • Me gusta esto:
  • Relacionado
    • Newsletter
    • ¡Gracias!

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 4708/2020

RESOG-2020-4708-E-AFIP-AFIP – Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Trabajadores Autónomos. Crédito a Tasa Cero. Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios. Resolución General Nº 4.707. Norma complementaria.

Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2020

VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-00261732- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI , y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus (COVID-19) como una pandemia.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, se amplió en nuestro país la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por Ley N° 27.541.

Que en atención a la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional y con el objetivo de proteger la salud pública, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dispuso mediante el Decreto N° 297 del 19 de marzo de 2020 y sus complementarios, el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” durante el cual todas las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo.

Que el referido “aislamiento social, preventivo y obligatorio” fue prorrogado hasta el 10 de mayo de 2020, inclusive, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 408 del 26 de abril de 2020.

Que, como consecuencia de la disminución de la actividad productiva resultante de dicha medida, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 332 del 1 de abril de 2020 y sus modificatorios, creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, disponiendo distintos beneficios destinados a empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria, entre ellos, un “Crédito a Tasa Cero” para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y para trabajadores autónomos, con un subsidio del cien por ciento (100%) del costo financiero total.

Que mediante la Resolución General Nº 4.707 se creó el servicio “web” denominado “Crédito Tasa Cero”, en el marco del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP, implementado por el Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, a efectos de que los beneficiarios se registren e ingresen los datos necesarios que el sistema requiera, para que las entidades bancarias procedan a otorgar el crédito solicitado.

Que asimismo dicha norma establece que la entidad bancaria realizará el pago del “Volante Electrónico de Pago” correspondiente a las obligaciones de los tres (3) períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito, en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, en los casos de pequeños contribuyentes, y los aportes previsionales, para los casos de trabajadores autónomos.

Que, a los efectos indicados en el considerando precedente, corresponde efectuar precisiones respecto de las obligaciones a cargo de las entidades bancarias.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Recaudación, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 12 del Decreto N° 332/20 y sus modificatorios, 2° de la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 591 del 21 de abril de 2020, 2° de la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 663 del 26 de abril de 2020 y 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Esta Administración Federal pondrá a disposición de las entidades bancarias otorgantes del “crédito a tasa cero”, en cada uno de los desembolsos, la información relativa a los Volantes Electrónicos de Pago en VEPs Consolidados con los valores correspondientes a las obligaciones de los beneficiarios en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales de contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), o aportes previsionales en el caso de trabajadores autónomos, y sus respectivos vencimientos, a fin de proceder a su cancelación, conforme lo indicado en el segundo párrafo del artículo 4º de la Resolución General Nº 4.707.

Asimismo, a través del servicio “E-Ventanilla” se informará a cada entidad bancaria el listado de Volantes Electrónicos de Pago (VEPs Consolidados) generados por esta operatoria y su detalle, a fin del seguimiento de los pagos de las obligaciones de todos los beneficiarios.

A los efectos indicados en el primer párrafo, el Banco Central de la República Argentina informará diariamente a este Organismo el detalle de los beneficiarios que accedieron al “crédito a tasa cero”.

ARTÍCULO 2°.- Al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda, según el sujeto de que se trate:

a) Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS): períodos fiscales correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2020.

b) Régimen de Trabajadores Autónomos: períodos devengados correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2020.

Las citadas entidades deberán efectuar la cancelación de los Volantes Electrónicos de Pago (VEPs Consolidados) a través de su red de pagos dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes contados desde la generación, fecha en la cual expirarán.

ARTÍCULO 3°.- Los trabajadores autónomos y los pequeños contribuyentes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) podrán acceder con clave fiscal al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”, a fin de verificar la correcta imputación de los períodos fiscales cancelados.

De efectuarse modificaciones en la situación de revista que impliquen una variación en los valores de sus obligaciones en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales, o en su caso, de aportes previsionales, los sujetos beneficiarios deberán ingresar, de corresponder, las diferencias resultantes mediante transferencia electrónica de fondos, conforme lo establecido en la Resolución General N° 1.778, sus modificatorias y sus complementarias. Asimismo, de resultar saldos a favor, podrán realizar la reimputación de los montos mediante el servicio mencionado en el primer párrafo.

ARTÍCULO 4°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación respecto de los créditos otorgados desde la implementación del beneficio de “Crédito a Tasa Cero”, en el marco del “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes Marco del Pont.

e. 11/05/2020 N° 19278/20 v. 11/05/2020

Fecha de publicación 11/05/2020

Me gusta esto:

Me gusta Cargando...

Relacionado

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Publicado en: AFIP, Normativa Etiquetado como: Créditos

Interacciones con los lectores

Comentarios

  1. -
  2. Pablo dice

    14 mayo, 2020 a las 4:07 pm

    Ignacio, algún consejo para los que figuramos en Veraz y no nos quieren abrir cuenta bancaria?
    Gracias

    Responder
  3. María Isabel dice

    14 mayo, 2020 a las 3:56 pm

    Hola yo el 6 me inscribí en afip pero hasta ahor nose nada .no tengo targeta de crédito como se cual es el paso a seguir .o también me tendría que anotar en hombankin?

    Responder
  4. hernan dice

    14 mayo, 2020 a las 10:32 am

    Hola. A mi me paso lo mismo. Solicité al HSBC donde soy adicional de tarjeta de credito. Me dijieron en el banco que no se puede otorgar el credito a una tarjeta adicional. Me propusieron que solicite una tarjeta nueva para que sea titular y luego pueda gestionar el prestamo. Hice la solicitud de una nueva y i me contestaron. Llamo al HSBC y dicen que no tienen registro de mi solicitud x sistema y que espere a que se comuniquen conmigo. Debido a la mala atención intenté sin éxito en AFIP en realizar el cambio de banco. Pero no encuentro la opción de modificación y/o rectificativas realizada en AFIP. Llame a AFIP y tampoco saben ellos como hacer esa gestión. Hay bancos que son un desastre. Conozco casos donde los bancos Comafi Y Santander los otorgaron en 48 hs sin ningún incoveniente. Con solicitudes gestionadas el 04-05-2020 en afip y el 6 ya tenián acreditado el monto de la primera parte. HSBC recién el 08-05-2020 agrego en su web el campo “credito a tasa cero”.

    Responder
  5. Alicia dice

    13 mayo, 2020 a las 10:52 pm

    Hola. Me otorgaron el crédito. Mi idea era abonar moratorias tanto de AFIP como de ARBA, pero el sistema no me lo permite.
    No se como realizar estos pagos, ni tampoco se en que se habilita a usar el dinero.

    Responder
  6. Pablo dice

    13 mayo, 2020 a las 10:20 pm

    Soy monotributista y me rechazan el credito con esta leyenda

    ” Te encontrás declarado y estás recibiendo ingresos como empleado en relación de dependencia.” Mi ultimo trabajo con sueldo creo que fue en el año 2011

    Responder
  7. Felix Alex dice

    13 mayo, 2020 a las 7:59 pm

    ¿Necesita dinero para el proyecto, negocios, impuestos, facturas y muchos
    otras razones, nuestros préstamos son simples y baratos, contáctenos hoy. los
    préstamo que necesita, podemos organizar cualquier préstamo, presupuesto, con una tasa de interés tan baja como 3%, responda ahora por correo electrónico:
    [email protected]

    Responder
  8. sergio dice

    13 mayo, 2020 a las 7:46 pm

    alguno sabe en que puedo usar el credito a tasa 0 de la AFIP

    Responder
  9. Walter dice

    13 mayo, 2020 a las 5:06 am

    Me rechazan por estar en el veras no es justo los monotrivutistas venimos remando desde hace 4 años

    Responder
  10. CARLOS dice

    12 mayo, 2020 a las 8:59 pm

    Al entrar al portal de AFIP no veo el mensaje para solicitar el credito. Soy Responsable Inscripto. Saben porque?

    Responder
    • Alicia dice

      13 mayo, 2020 a las 10:50 pm

      Hola. Tenes que dar de alta al servicio

      Responder
  11. Veronica Nack dice

    12 mayo, 2020 a las 7:30 pm

    Hace una semana hice el tramite p/el credito a tasa cero, lo tengo preaprobado, me falta q el Banco Provincia me de la tarjeta de credito ya q lo q tengo es debito.Es imposible comunicarme .Que debo hacer?

    Responder
    • Gonzalo dice

      4 junio, 2020 a las 8:41 am

      Hola, tenes que pedirlo a través de la página del banco provincia. 0810 666 2364 llama ahí y que te expliquen los pasos a seguir. Yo tuve que hacerlo, el Tema es que me llegó la tarjeta pero no me acreditaron el primer desembolso. Y estoy luchando con eso. Es decir que tengo la tarjeta sin el monto.

      Responder
  12. Garcie Norberto dice

    12 mayo, 2020 a las 4:30 pm

    A mi la empresa me corto la facturacion hasta nuevo aviso ,no tengo ningun ingreso y me enferme de cancer y no me dan el credito a tasa 0, y dicen que nos ayudan, x que mienten tanto

    Responder
  13. Eli dice

    12 mayo, 2020 a las 2:40 pm

    Hola. Yo intento obtener mi clave fiscal y no se puede. T piden tanta foto y siempre lo rechaza. Como puedo hacer? Quiero también anotarme x el.crédito a tasa cero.

    Responder
  14. Fernanda dice

    12 mayo, 2020 a las 1:38 pm

    Hola, como podemos hacer para cambiar la tarjeta de crédito con la cual se solicito el crédito?

    Responder
    • alberto oviedo dice

      13 mayo, 2020 a las 2:49 pm

      hola como puedo cambiar la tarjeta de credito que puse en la solicitud del credito taza cero ?? no me la acepta x q no soy titular

      Responder
      • hernan dice

        14 mayo, 2020 a las 10:26 am

        Hola. A mi me paso lo mismo. Solicité al HSBC donde soy adicional de tarjeta de credito. Me dijieron en el banco que no se puede otorgar el credito a una tarjeta adicional. Me propusieron que solicite una tarjeta nueva para que sea titular y luego pueda gestionar el prestamo. Hice la solicitud de una nueva y i me contestaron. Llamo al HSBC y dicen que no tienen registro de mi solicitud x sistema y que espere a que se comuniquen conmigo. Debido a la mala atención intenté sin éxito en AFIP en realizar el cambio de banco. Pero no encuentro la opción de modificación y/o rectificativas realizada en AFIP. Llame a AFIP y tampoco saben ellos como hacer esa gestión. Hay bancos que son un desastre. Conozco casos donde los bancos Comafi Y Santander los otorgaron en 48 hs sin ningún incoveniente. Con solicitudes gestionadas el 04-05-2020 en afip y el 6 ya tenián acreditado el monto de la primera parte. HSBC recién el 08-05-2020 agrego en su web el campo “credito a tasa cero”.

        Responder
        • MARIANO dice

          22 mayo, 2020 a las 10:06 am

          Hola me pasó lo mismo, pudiste cambiar de banco¿?

          Responder
        • Daniel dice

          29 mayo, 2020 a las 4:18 pm

          Ídem, lo pudieron resolver?

          Responder
        • Guadalupe dice

          26 junio, 2020 a las 1:53 pm

          Hola, tal cual, necesito saber como puedo hacer para volver hacer el tramite con una nueva tarjeta, lo pudiste resolver? de ser asi, como hiciste? gracias

          Responder
  15. Esndro dice

    12 mayo, 2020 a las 2:33 am

    Yo no pude hacer. Me dice que facture mas del 70 porciento el mes pasado y no fue asi. Alguien de afip q me ayude ?

    Responder
    • Alicia Altamirano dice

      12 mayo, 2020 a las 10:20 pm

      A mi igual me dice que mis compras superan el 80 del limite inferior a mi categoria monotributo. Es erroneo, no compre nada entre el 12/3 y el 12/4. Envie reclamo a AFIP aun sin respuesta.

      Responder
      • Marita dice

        13 mayo, 2020 a las 11:51 pm

        desde ayer 12 de mayo, varios contribuyentes por los cuales salieron denegados los crèditos tasa cero, ahora salen aprobados; seguramente re vieron la situaciòn-
        Alguien me puede informar si sabe cuanto tiempo hay para consumir el crèdito?

        Responder
  16. Americo dice

    12 mayo, 2020 a las 12:19 am

    Xq me dicen q tengo el mismo gasto q en 2019 si yo en ese momento era monotributista y ahora soy autónomo sin palabras 6 anos pagando para q

    Responder
« Comentarios anteriores
Comentarios siguientes »

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

SOS Contador Soft Contable en la nube
Holistor Sueldos y Jornales listo para liquidar

Newsletter

Recibí las novedades por mail.

¡Gracias!

Ya estás suscripto a las novedades por mail.

.

Etiquetas

Acuerdos Salariales (139) AFIP (1500) AGIP (173) Aguinaldo (81) Aguinaldo - SAC (112) ANSeS (524) Aplicativos (206) ARBA (352) Asignación Universal por Hijo (251) Autónomos (125) Bienes Personales (109) bono (94) Calendario de pago (262) Casos Prácticos (223) CNTA (94) Convenio Multilateral (89) coronovirus (89) Escala Salarial (193) Factura Electrónica (78) FAECYS (418) FATSA (78) Ganancias (421) Homologación Acuerdos (128) IGJ (129) Ingresos Brutos (133) IVA (120) Jubilados y Pensionados (199) Mis Facilidades (84) Monotributistas (174) Noticias (87) Paritarias (574) Paritarias 2013 (82) Personal Casas Particulares (193) Plan de Facilidades de pago (159) Recategorización (88) Recibo de Sueldos (211) Resoluciones (508) Sanidad (95) SEC (102) Servicio Doméstico (111) SICOSS (85) SIPA (88) UOCRA (133) UOM (222) UTEDYC (150)

Copyright © 2025 Ignacio online · Creada por Hormigas en la Nube

Derechos de autor © 2025 · Magazine Pro en Genesis Framework · WordPress · Acceder

Utilizamos cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y experiencia de usuario. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Aceptar Reject Leer Más
Privacidad & Política de Cookies

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. This category only includes cookies that ensures basic functionalities and security features of the website. These cookies do not store any personal information.
Non-necessary
Any cookies that may not be particularly necessary for the website to function and is used specifically to collect user personal data via analytics, ads, other embedded contents are termed as non-necessary cookies. It is mandatory to procure user consent prior to running these cookies on your website.
GUARDAR Y ACEPTAR
%d